Navegando las banderas AML para la incorporación de entidades offshore - perspectiva UK/UE
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Tengo curiosidad por escuchar a otros que están lidiando con la incorporación de entidades offshore, particularmente aquellas incorporadas en jurisdicciones que no están en una lista de vigilancia específica pero que aún podrían activar algunas banderas amarillas internas para los equipos de AML. Estamos hablando de situaciones en las que la cadena de propiedad beneficiaria es clara, los documentos están todos presentes y contabilizados, pero quizás la naturaleza del negocio o el origen de los fondos (incluso si son legítimos y probables) solo requiere una capa adicional de escrutinio. El dilema clásico de gestionar el riesgo sin crear fricciones innecesarias para clientes legítimos. ¿Las empresas se están apoyando más en la diligencia debida mejorada (EDD) incluso para estos casos límite, o hay marcos específicos que han encontrado efectivos para racionalizar el apetito de riesgo? Específicamente interesado en experiencias de aquellos que operan bajo marcos regulatorios del Reino Unido o la UE, ya que la interpretación del 'enfoque basado en el riesgo' puede variar significativamente.