KYB para entidades no estadounidenses que operan dentro del alcance regulatorio de EE. UU.
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Tengo curiosidad sobre las mejores prácticas para KYB al incorporar entidades no estadounidenses que aún operan efectivamente dentro de la jurisdicción regulatoria de EE. UU. Específicamente, estoy pensando en un escenario donde una empresa registrada en el extranjero tiene una exposición sustancial a clientes estadounidenses o está negociando activos (como ciertos tokens criptográficos) que están siendo cada vez más examinados por agencias estadounidenses. ¿Qué tipo de diligencia debida extendida encuentran necesaria más allá de las verificaciones estándar basadas en la jurisdicción? ¿Estamos viendo más solicitudes de claridad sobre la propiedad beneficiaria que se extienden a los beneficiarios finales, incluso si las capas de la estructura corporativa están en el extranjero? Parece que el alcance extraterritorial de las regulaciones estadounidenses está creando un desafío de cumplimiento para muchos. La idea de 'persona estadounidense' parece estar expandiéndose más allá de la simple residencia.