Impacto de la divergencia de las regulaciones AML/CFT en el comercio transfronterizo UE-Reino Unido post-Brexit
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Últimamente he estado pensando mucho en la creciente divergencia en los regímenes AML/CFT entre la UE y el Reino Unido, especialmente en lo que respecta a las instituciones financieras que operan en ambos. No son solo los grandes bancos, sino también las fintech más pequeñas, que se ocupan de pagos e inversiones transfronterizos. Por un lado, la UE avanza con su propia autoridad AML y una supervisión potencialmente más centralizada. Por otro lado, el Reino Unido está refinando su enfoque, a menudo con diferentes prioridades e interpretaciones del riesgo.
Esto no es un ejercicio teórico; impacta directamente en los costos operativos, la carga de trabajo de los equipos de cumplimiento y, en última instancia, la facilidad para hacer negocios. Las empresas están ejecutando esencialmente dos máquinas de cumplimiento paralelas, cada una con requisitos matizados para la diligencia debida del cliente (CDD), la diligencia debida mejorada (EDD) y la presentación de informes de actividades sospechosas (SARs). ¿Otros ven esto como un lastre significativo para la eficiencia? ¿Cómo están navegando la creciente complejidad en torno al intercambio de datos, la identificación de la propiedad beneficiaria y la presentación de informes regulatorios al tratar con clientes que abarcan ambas jurisdicciones? Parece un dolor de cabeza creciente que necesita un enfoque pragmático.